El 13 de diciembre de 1991, se firmó el Acuerdo entre la República Federativa del Brasil, la República Argentina, la ABACC y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) para la Aplicación de Salvaguardias, más conocido como Acuerdo Cuatripartito.
El Acuerdo Cuatripartito es el instrumento legal que regula la relación entre la ABACC y el OIEA y define las actividades de cooperación que deben ejecutarse en cuanto a salvaguardias nucleares. Este acuerdo tiene como fundamento básico al Sistema Común de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (SCCC), ya establecido entre ambos países, poniendo de relieve que ambas instituciones deben trabajar de forma que se evite la innecesaria duplicación de actividades. Esta directiva aparece en forma expresa en varios puntos del Acuerdo Cuatripartito, siendo dignos de mención los siguientes:
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El OIEA debe aplicar salvaguardias de manera tal que permita verificar las conclusiones del SCCC [art. 2c]; |
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Las visitas y actividades de los inspectores del OIEA se deben organizar teniendo en cuenta las actividades de la ABACC, para evitar la innecesaria duplicación de esfuerzos [art. 8c(iii)]; |
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El OIEA, al realizar sus actividades de verificación, debe hacer pleno uso del SCCC y evitar la duplicación innecesaria de las actividades de control y contabilidad de la ABACC [art. 32]. |
A partir de esta base conceptual bien fundada, muchos artículos del Acuerdo Cuatripartito y de sus Arreglos Subsidiarios se refieren a aspectos relacionados con la coordinación entre la ABACC y el OIEA y, para posibilitar el desarrollo concreto y armónico de la cooperación entre ambas entidades, se integró en los Arreglos Subsidiarios al Acuerdo Cuatripartito un capítulo especial llamado "Arreglos entre la ABACC y el OIEA para la Cooperación en la Aplicación de Salvaguardias bajo el Acuerdo".
| Este capítulo define aspectos importantes relacionados con las actividades de cooperación, como las reuniones de coordinación, la programación de inspecciones y los encuentros que deben realizarse antes y después de las inspecciones realizadas por las dos instituciones. |
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